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Jueves, 21 de julio de 2005

Una tienda obligada a devolver el canon a un comprador

Archivado en: Actualidad

Esta sentencia judicial hay que celebrarla. A través de una iniciativa de la página Derecho en Internet se hicieron 15 denuncias, de las cuales 8 han sido admitidas a trámite y 3 han sido remitidas a juzgados mercantiles. El caso es que para cobrar al canon se presupone que el CD se usará para grabar música, y para eso el único uso posible debe ser ese. Como se ha probado que se puede usar, por ejemplo, para grabar software libre, no debe aplicarse el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual.
Tenéis la noticia mejor explicada en Libertad Digital.


Escrito por Lord Taran El 07/21 a las 15:19
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